6 de Ago de 2024

Abierto el plazo de escolarización del curso 2020/2021

Hasta el 31 de marzo permanecerá abierto el plazo para presentar la solicitud de admisión al curso escolar 2020/2021 en la red de centros sostenidos con fondos públicos para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato, según informa la Delegación de Educación del Ayuntamiento de Mairena del Alcor. Se inicia de este modo el proceso de escolarización en el que participan todos los niños y niñas que se incorporan por primera vez al sistema educativo, tanto en centros públicos como privados concertados, así como el alumnado que cambie de centro escolar.

Los centros educativos publican la relación de puestos escolares vacantes así como la información sobre las direcciones catastrales comprendidas en sus zonas de influencia y zonas limítrofes. Cuando la oferta de plazas coincida o sea superior a la demanda, los solicitantes serán admitidos y solo en aquellos casos donde no se pueda atender toda la demanda, se procederá a la baremación de las solicitudes.

Los centros harán pública en su tablón de anuncios, antes del 16 de abril, la relación de solicitantes con la puntuación asignada y, a partir de esa fecha, se abrirá un plazo de 10 días lectivos para la presentación de alegaciones. Si tras la aplicación de los criterios de baremación se producen empates, se aplicará el resultado del sorteo público que se celebrará el día 11 de mayo de 2020. La relación definitiva de admitidos y no admitidos saldrá el 12 de mayo.

Para atender consultas sobre todo el proceso de escolarización, la Consejería de Educación ha habilitado un teléfono gratuito de información 900 848 000, disponible en horario ininterrumpido de 8.00 a 19.00 horas.

Criterios de baremación

  • Existencia de hermanos o hermanas matriculados en el centro.
  • Proximidad del domicilio familiar o del lugar de trabajo del padre, de la madre o de la persona tutora o guardadora legal.
  • Renta per capita anual de la unidad familiar.
  • Concurrencia de discapacidad legalmente reconocida del alumno o la alumna, de sus padres, madres, tutores o guardadores legales, o de alguno de sus hermanos o hermanas o menores en acogimiento en la misma unidad familiar. En el segundo ciclo de la educación infantil se considerará también la presencia en el alumnado de trastornos en el desarrollo.
  • Que el alumno o la alumna pertenezca a una familia con la condición de numerosa.
  • Que el alumno o la alumna pertenezca a una familia con la condición de monoparental y sea menor de edad o mayor de edad sujeto a patria potestad prorrogada o tutela.
  • Que el alumno o la alumna pertenezca a una familia no numerosa ni monoparental en la que tenga un único hermano o hermana.
  • Que quien o quienes ostenten la guarda y custodia del alumno o alumna realicen una actividad laboral o profesional remunerada.
  • Que el alumno o la alumna esté matriculado en el primer ciclo de la educación infantil en un centro autorizado para ello