6 de Ago de 2024
contratación laboral temporal

Diez aspectos positivos del nuevo reglamento regulador de procedimientos de contratación laboral temporal

Escudo Mairena del Alcor

Nos hemos puesto al habla con la Delegación de Régimen Interior, para que nos detallara los aspectos positivos de este nuevo Reglamento aprobado en el Ayuntamiento de Mairena del Alco (todavía de forma provisional) y nos ha salido un número redondo, un 10.
Se ha puesto fin a una de las carencias más acusadas en nuestro municipio y punto de encuentro del actual gobierno en sus respectivos programas electorales, consiguiéndose de esta manera que se realicen contrataciones de una forma transparente donde primen los principios de mérito y capacidad que propugna nuestra Carta Magna en sus artículos 23 y 103.3.

 

  1. Regula las bolsas de empleo específicas para cada categoría profesional (antes había un Reglamento que regulaba solo tres y el resto se derivaba al SAE). Esta será la forma genérica de acceder a un empleo público.
  2. Mantiene la posibilidad de acudir al SAE mediante una oferta genérica cuando no existiese una bolsa de empleo determinada (también a su vez se puede abrir de par en par el registro para recoger las solicitudes de participación en dicha oferta genérica).
  3. Habrá un Registro Específico de Demandantes para contrataciones inferiores a quince días (intentando con ello paliar situaciones críticas de desamparo económico).
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  5. Establece criterios de baremación de forma genérica si bien en las bases de procesos de selección específicos podrán recogerse criterios de baremación también más concretos y por lo tanto más acordes al puesto que se oferta.
  6. La situación laboral será uno de los factores a baremar, teniéndose en cuenta el tiempo efectivo trabajado en los últimos dos años de forma que cuanto menor haya sido éste mayor será la puntuación otorgada.
  7. Contempla la posibilidad de valorar aspectos socio-económicos ,como fin social, en determinados puestos, actuando como parte fundamental en dicha valoración los Servicios Sociales.
  8. Se establecen de forma clara y concisa los criterios a utilizar en caso de empate en la puntuación de un determinado proceso de selección.
  9. En el momento en el que la persona seleccionada de la bolsa en la que se haya integrado supere el periodo ordinario de contratación, automáticamente correrá turno hasta el final del listado de la categoría en la que se halle.
  10. En todo momento las listas ordenadas con las puntuaciones serán públicas para garantizar el principio de transparencia en la contratación. De ese modo todo demandante podrá saber qué lugar ocupa en la misma e informarse sobre cuál es la última puntuación a la que se ha llamado.
  11. El Tribunal de baremación estará integrado en todo momento por miembros que garantizarán la imparcialidad y profesionalidad.